Publicado el: Sáb, 30 Jul, 2016
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El SPLI denuncia que el ayuntamiento reduce los días de vacaciones a los policías locales de nuevo ingreso

nuevos policias localesEl Sindicato Unificado de la Policia Local SPLI ha denunciado que “el Gobierno municipal, sin haberse reunido para negociación colectiva con los sindicatos legitimados en el Ayuntamiento, restringe el periodo de vacaciones a los policías locales de nuevo ingreso que han tomado posesión de su cargo como funcionarios de carrera ahora en julio, vulnerando la normativa aplicable y el Acuerdo de Funcionarios vigente en el Ayuntamiento, al descontarles de manera arbitraria la mitad de los días de vacaciones, como un objetivo político de incrementar la presencia policial en la ciudad”.

 

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) regula el derecho a vacaciones en el Convenio 132 y la Directiva de base sobre la ordenación del tiempo del trabajo (UE 88/2003) regula las vacaciones anuales en su artículo 7.

 

La Constitución Española, en su artículo 40.2, hace una mención genérica al derecho a las vacaciones periódicas retribuidas, dentro de los principios rectores de la política social y económica, en el mismo artículo donde se recoge el derecho a la formación y seguridad e higiene en el trabajo.

 

En el caso de los nuevos policías de San Fernando, dice SPLI que “resulta de aplicación supletoria la Resolución de 14 de Diciembre de 1992 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública, que a efectos de vacaciones anuales reconoce el derecho de los funcionarios en prácticas a que se les compute como tiempo servido la totalidad del período de tiempo que fueron funcionarios en prácticas, o sea, desde su nombramiento el día 05 de octubre de 2015”.

 

https://www.boe.es/boe/dias/1993/01/19/pdfs/C00001-00086.pdf 

La Resolución de 14 de Diciembre de 1992 de la Secretaría de Estado para la Administración Pública por la que se dispone la publicación del "Manual de Procedimientos de Gestión de Recursos Humanos en materia de Vacaciones, Permisos y licencias, comisiones de servicio y reingresos al servicio activo", en el apartado A relativo a las vacaciones, punto 1 Introducción, último párrafo establece que:"Igualmente se fija un criterio general en relación con las vacaciones de los funcionarios de nuevo ingreso, declarando su derecho a que se les compute como tiempo servido a efectos de vacaciones, el que media desde su nombramiento como Funcionarios en prácticas, hasta el momento de la toma de posesión en su primer destino como funcionarios de carrera".

En el Apartado A.2.5 Período de prácticas. Cómputo a efectos de vacación anual se dispone que: "Los funcionarios de nuevo ingreso tendrán derecho a que se les compute como tiempo servido la totalidad del período de tiempo que permanecieron como funcionarios en prácticas, es decir, el tiempo que media desde el nombramiento como tales funcionarios en prácticas hasta el momento de la toma de posesión en su primer destino como funcionarios de carrera, con independencia de la duración efectiva de las prácticas o de los cursos selectivos que hayan debido superar".

Con esta nueva decisión del Gobierno municipal, -denuncia el SPLI, demuestra su rechazo hacia el derecho de los policías en prácticas, de nuevo ingreso, primero al reducirles en sus nóminas las retribuciones por las prácticas en la plantilla, cuando en otros Ayuntamientos andaluces sus compañeros de la misma promoción han percibido el 100% de las retribuciones de policía, y ahora para aparentar una mayor presencia de policías locales en la Isla durante el periodo de verano, le reducen a la mitad los días de vacaciones que les corresponden, hasta que las Delegaciones de Policía Local y de Recursos Humanos se pongan de acuerdo y resuelvan esta reclamación reconociendo la devolución del resto de los días.

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