Publicado el: Vie, 3 Jul, 2020
Actualidad

Los isleños ya no tendrán que pedir el empadronamiento para solicitar el Ingreso Mínimo Vital

Los solicitantes tendrá que autorizar a la Seguridad Social a realizar este trámite marcando para ello con una X la casilla correspondiente en el formulario.

Los isleños que vayan a pedir esta prestación no necesitarán el certificado de empadronamiento, ya que será la propia Tesorería de la Seguridad Social la que lo reclame al Consistorio.

El Ayuntamiento de San Fernando sigue trabajando para facilitar a los isleños la solicitud del Ingreso Mínimo Vital (IMV) aprobado por el Gobierno de España, y para ello ha llegado a un acuerdo con la Tesorería de la Seguridad Social para simplificar los trámites que necesita la ciudadanía para pedir esta prestación.

En concreto, y desde el día ayer, las personas que soliciten el Ingreso Mínimo Vital no tendrán que pedir previamente el certificado de empadronamiento en San Fernando. Esto es posible porque el Ayuntamiento ha establecido con la Seguridad Social un procedimiento para que sea este organismo el que lo solicite al Consistorio, y éste lo remite directamente.

Para que se pueda proceder de esta forma, lo que único que tiene que hacer la persona solicitante es autorizar a la Seguridad Social a realizar este trámite marcando para ello con una X la casilla correspondiente en el formulario.

Desde el Ayuntamiento ya se ha dado a conocer esta posibilidad, y también desde la oficina de la Tesorería de la Seguridad Social de San Fernando se va a informar en este sentido a las personas interesadas en solicitar el IMV.

Del mismo modo, el Ayuntamiento está ya ultimando los trámites para la contratación del equipo específico que tiene como objetivo ayudar a la ciudadanía isleña a tramitar su solicitud del Ingreso Mínimo Vital. Este servicio de atención se va a financiar gracias a los fondos del Plan Invierte Social que la Diputación de Cádiz ha puesto a disposición de los municipios para paliar los efectos de la crisis sanitaria del coronavirus Covid-19, y que en el caso de San Fernando ascienden a 229.759 euros.

En concreto, el Ayuntamiento va a reforzar sus Servicios Sociales con la contratación de tres auxiliares administrativos que prestarán asistencia a la ciudadanía a la hora de solicitar esta cobertura social aprobada por el Gobierno de España, cuya tramitación se realiza a través de la sede electrónica de la Seguridad Social o enviando la documentación por correo ordinario.

Desde el Gobierno municipal se quiere dar más herramientas a los Servicios Sociales para poder realizar su labor, que ha sido especialmente intensa durante el Estado de Alarma y a la que ahora se suman los trámites del Ingreso Mínimo Vital.

En definitiva, desde el Ayuntamiento se están poniendo todas las herramientas al alcance de la ciudadanía para que esta medida histórica aprobada por el Gobierno central beneficie a las personas más vulnerables de San Fernando, y les permita salir adelante y sobreponerse a los efectos provocados en sus vidas por esta pandemia mundial.
Información sobre el IMV.

Hay que recordar que los beneficiarios de esta cobertura tendrán itinerarios de inclusión laboral flexibles y adaptados a su situación. El sector privado participará en el diseño de estos itinerarios. La ayuda va ligada a la búsqueda activa de trabajo.

La ayuda es compatible con otras prestaciones o ingresos, lo que significa que quienes cumplan las condiciones recibirán la diferencia entre lo que cobran y ese umbral mínimo de 462 euros para una persona que vive sola.

Esa cifra sube 139 más por cada persona extra que forme parte de la unidad de convivencia, menor o adulta. Además, en caso de familias monoparentales, se suman 100 euros más. Eso sí, al final del cálculo el tope máximo es de 1.015 euros.
Otro aspecto novedoso de la ayuda es que es compatible con el hecho de estar trabajando, de forma que quienes cumplan las condiciones recibirán la diferencia entre lo que cobran y ese umbral mínimo.

También hay que resaltar que no se contabilizarán como ingresos las rentas mínimas de las comunidades autónomas y las ayudas finalistas, esto es, para un fin concreto, como las becas al estudio o las ayudas para el pago del alquiler. Sí lo harán las pensiones de cualquier tipo, también las privadas, y otro tipo de prestaciones.

Las ayudas las pueden solicitar una persona sola de entre 23 y 65 años que no forme parte de ninguna unidad de convivencia (en caso de separación, con que haya iniciado los trámites es suficiente) ni viva en una residencia pública de forma permanente. La otra modalidad es para las unidades de convivencia en bloque, y en un mismo domicilio van a poder existir hasta dos personas que puedan ser titulares de esta ayuda para unidades de convivencia (es decir, que podrá haber dos ayudas por hogar).

Los beneficiarios a quienes se les conceda en lo que queda de año este Ingreso Mínimo Vital estarán exentos del pago de matrículas universitarias para el curso 2020/2021, aunque no cumplan los requisitos de renta.

Quienes la soliciten entre el 15 de junio y el 15 de septiembre cobrarán de forma retroactiva con efectos desde el 1 de junio, aunque se les apruebe más tarde. Para el resto de casos: se cobrará al mes siguiente de haberla pedido.
En este simulador de la Seguridad Social se pueden comprobar los requisitos para saber si se puede optar al Ingreso Mínimo Vital:
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Inicio

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