Publicado el: Dom, 4 Jun, 2017
Opinión

S.P.L.I: "Seguimos esperando la subida salarial del 1%"

En su día la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, estableció el incremento del uno por ciento de las retribuciones del personal al servicio del sector público respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2015, subida salarial en las retribuciones complementarias, que aún está pendiente de aplicar a las nóminas de los empleados públicos municipales del año 2016.

Igualmente se establecía en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, que las referencias relativas a retribuciones contenidas en esta Ley se entienden siempre hechas a retribuciones íntegras, ya que desde el año 2010 por el Gobierno socialista, de José Luis Rodríguez Zapatero, se recortó el salario de los empleados públicos un 5 por ciento, y desde esa fecha se mantuvo los sueldos congelados, sin incrementos en las nóminas, circunstancia negativa y de pérdida de poder adquisitivo que han sufrido los empleados públicos durante los últimos años.

El régimen retributivo de los funcionarios locales a que se refiere el artículo 93 de la ley 7/1985 de 12 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), se concreta en el Real Decreto 861/1986 de 25 de abril por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración Local, siendo los conceptos retributivos por los que pueden ser remunerados los establecidos en los artículo 22 y siguientes del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público (Retribuciones básicas: Sueldo base, trienios y pagas extraordinarias; y retribuciones complementarias: Complemento de destino, complemento específico, productividades y servicios extraordinarios).

En las nominas recibidas hasta la fecha no se ha pagado todavía los atrasos del incremento del 1 por ciento de las retribuciones complementarias de 2016, de conformidad con lo regulado en la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para 2016, y en el Acuerdo de Funcionarios en vigor para su aplicación, existiendo acuerdo sindical con el Delegado de Recursos Humanos en la Mesa General de Negociación sobre esa subida salarial de las retribuciones integras de todo el personal municipal, de fecha 9 de noviembre de 2016 y acuerdo de la Corporación Municipal mediante Pleno del ayuntamiento.

Mientras el Gobierno municipal ha anunciado un superávit millonario de los presupuestos municipales de 2016 en un total de 6.920.931´83 euros, el personal del Ayuntamiento de San Fernando y sus Organismos Autónomos desconocen cuándo se hará efectiva esa subida salarial en las retribuciones complementarias de 2016 pendientes de abonar, existiendo preocupación y malestar general en la plantilla municipal al estar los presupuestos del año pasado prorrogados, sin atender el incremento salarial acordado con los sindicatos.

Esperemos que el Gobierno municipal, y su Concejal Delegado de Recursos Humanos, Sr. Ignacio Bermejo, cumpla con el ordenamiento jurídico, con la negociación colectiva producida con los sindicatos para su aplicación efectiva, y no se olvide que el derecho a los atrasos del incremento del 1 por ciento de las retribuciones complementarias de 2016 corresponde también al personal que se encontraba en activo el año 2016 y ya se encuentra jubilado, o en otras situaciones administrativas, y se adopten las medidas necesarias de los que fallecieron para sus herederos.

S.P.L.I. San Fernando

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