Publicado el: Mié, 13 Feb, 2013
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No diga indulto, diga impunidad

hay derechoLa sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo acaba de anular parcialmente el indulto concedido al Consejero-Delegado del Banco de Santander, Alfredo Sáenz, al considerar que el Gobierno se extralimitó al pretender eliminar no sólo la sanción penal sino también “cualesquiera otras consecuencias jurídicas o efectos derivados de la sentencia, incluido cualquier impedimento para ejercer la actividad bancaria”.

El fallo ha sido notificado a las partes, pero la sentencia íntegra todavía no se conoce. En un post publicado el 12 de diciembre de 2011 (“Honorable por Decreto”) ya comentábamos que el Gobierno no puede en un Decreto de indulto dejar sin efecto otro Decreto (RD 1245/1995) que con carácter general exige el requisito de la honorabilidad para ejercer la actividad bancaria. Decíamos entonces:

“¿Puede entonces otro Real Decreto decir que esos requisitos se aplican a la generalidad de las personas… con sólo una excepción, la del Sr. Sáenz? A cualquier jurista, por muy fiel que sea a los postulados de Kelsen y su famosa pirámide, esto no le puede dejar de sonar un poquito raro. Precisamente, porque a lo que suena es a capricho de monarca absoluto, que deroga una norma general en beneficio de un sujeto particular. Por eso, no es de extrañar que nuestro Derecho Administrativo, al fin y al cabo hijo de Las Luces, disponga de los instrumentos necesarios para impedir tales arbitrariedades. Y uno de ellos, muy destacado, es el de la inderogabilidad singular de los reglamentos.

Habrá que leer la sentencia, pero al Tribunal Supremo parece que también le ha sonado un poquito raro y, afortunadamente, ha fallado en consecuencia, lo cual en estos tiempos lúgubres que atravesamos es digno de reconocimiento. Mientras tanto, la pelota vuelve al campo del Banco de España, aunque en rigor nunca dejó de estar ahí, para su vergüenza. No obstante, se intuye una carrera interesante: por un lado el Banco retomado parsimoniosamente el expediente, muy muy despacio; por otro el Gobierno apresurándose para sacar cuanto antes la reforma de ese maldito Real Decreto (reforma que también hemos comentado aquí) muy, muy deprisa; y mientras tanto el banquero vigilando. No sé cuál de esas dos instituciones básicas del país nos causará más vergüenza ajena. Intuyo que el Banco de España, porque aunque el Gobierno llegue antes y apruebe la reforma por la cual el estar condenado penalmente no implica necesariamente falta de honorabilidad, delegando tal juicio en el controlador bancario, se me hace muy cuesta arriba imaginar que éste no la aprecie en un caso tan escandaloso como el que motivó la condena del banquero (aquí).

Para terminar una reflexión, más que política, cívica, en forma de adivinanza. Un banquero presenta una denuncia falsa contra unos deudores, y con la colaboración de un juez corrupto y prevaricador los mete en la cárcel injustamente para forzarles a pagar. Los tribunales condenan al banquero, pero el Gobierno le indulta de manera ilegal para que pueda continuar ejerciendo la actividad bancaria, no vaya a ser que él y su jefe se mosqueen y decidan no comprar deuda o no participar en la SAREB. Pese a que esa ilegalidad se vuelve a declarar por los tribunales, el regulador mira a otro lado y el Gobierno cambia las normas para que el banquero siga en el cargo. Y todo ello mientras los bancos siguen recibiendo ayudas del contribuyente y los lanzamientos hipotecarios se multiplican. ¿Qué país es ese? ¿De qué época histórica estamos hablando? ¿Antes de la Revolución Francesa? ¿O de la Rusa?

AUTOR: RODRIGO TENA ARREGUI

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